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Modificación del Reglamento sobre protección sanitaria contra radiaciones ionizantes

El pasado 18 de noviembre se publicó la modificación del Reglamento sobre protección sanitaria contra radiaciones ionizantes vigente, aprobado por el Real Decreto 783/2001, de 6 de julio.

El Real Decreto 1439/2010, de 5 de noviembre de 2010, establece, entre otras, las siguientes modificaciones en el citado Reglamento:

  • Los titulares de las actividades laborales en las que existan fuentes naturales de radiación están obligados a realizar los estudios necesarios para determinar si existe un incremento significativo de la exposición de los trabajadores o de los miembros del público, que no pueda considerarse despreciable desde el punto de vista de la protección radiológica, sin necesidad de que estos estudios sean exigidos por la autoridad competente.
  • Los titulares de las actividades laborales en las que existan fuentes naturales de radiación disponen de 6 meses a partir de la fecha de entrada en vigor del RD1439/2010 (fecha entrada en vigor: 19/11/2010), para declarar la actividad ante los órganos competentes en materia de industria de las Comunidades Autonomas en cuyo territorio se realizan tales actividades laborales. Asimismo, disponen de un plazo de 1 año desde la entrada en vigor del citado reglamento para la realización y presentación de los estudios previos previstos en su artículo 62.1.

Puede consultar la regulación legal en el siguiente enlace:

Real Decreto 1439/2010, de 5 de noviembre, por el que se modifica el Reglamento sobre protección sanitaria contra radiaciones ionizantes, aprobado por Real Decreto 783/2001, de 6 de julio.