Prevención Empresas

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Publicado el RD404/2010 de 31 de marzo, que pretende potenciar la concienciación preventiva mediante la reducción de las cotizaciones a las empresas que gestionen de manera correcta la prevención

El jueves día 1 de abril de 2010 se publicó en el Boletín Oficial del Estado, el nuevo Real Decreto 404/2010 de 31 de marzo, por el cual se regula el establecimiento de un sistema de reducción de las cotizaciones por contingencias profesionales a aquellas empresas que hayan contribuido a la disminución y prevención de la siniestralidad laboral.

El objetivo perseguido es el de potenciar la concienciación preventiva dentro del entramado empresarial, mediante la implantación de un sistema de incentivos económicos, tales como reducciones de las cotizaciones por contingencias profesionales a aquellas empresas que se distingan por sus buenos resultados con respecto a la media, en lo que a seguridad laboral se refiere. 

Desde el punto de vista técnico, los candidatos deben cumplir con una serie de seis requisitos de carácter obligatorio, tales como el cumplimiento de los requisitos básicos en materia de prevención, la inversión en mejoras de la calidad preventiva de la empresa, la carencia de sanciones de carácter grave o muy grave por vía administrativa y un correcto cumplimiento de las obligaciones en materia de cotización. Así mismo, el volumen total de cuotas por contingencias profesionales durante el periodo de observación deberá superar los 5.000 euros.
Y dos requisitos de entre una serie de cinco opciones a elegir, donde el candidato puede optar entre la incorporación de recursos preventivos propios a la plantilla, la realización de auditoras externas, la creación de planes de mejora de movilidad vial, la implantación y certificación por parte de ENAC de un certificado de calidad del sistema preventivo o mediante la acreditación de disminución del porcentaje de la empresa expuesto a enfermedades profesionales. 

Para la pequeña empresa, se aplican los mismos criterios técnicos anteriormente citados, pero varían los volúmenes de cotización. En estos casos, podrán optar a los incentivos aquellas empresas cuyo volumen de cotización por contingencias profesionales haya alcanzado la cuantía de 250 euros en un periodo de observación de cuatro ejercicios.
Y varían también las opciones optativas, las cuales para las pequeñas empresas deberán ser como mínimo alguna de las citadas a continuación; asunción de la gestión preventiva por parte del empresario o de un trabajador designado o la obtención por parte del empresario o de los trabajadores designados destinados a asumir la gestión preventiva de la empresa, de formación real y efectiva en materia de prevención de riesgos laborales.

· Real Decreto 404/2010, de 31 de marzo, por el que se regula el establecimiento de un sistema de reducción de las cotizaciones por contingencias profesionales a las empresas que hayan contribuido especialmente a la disminución y prevención de la siniestralidad laboral.