El pasado 13 de enero del presente, la Conselleria de Economia, Hacienda y Empleo anunció las ayudas establecidas a las que se podrá optar para financiar alguna de las siguientes actuaciones:
Con carácter general:
-      Realización de estudios e investigaciones de carácter técnico sobre seguridad y salud en el trabajo y de las interacciones entre productividad, reordenación del tiempo de trabajo y seguridad, y su promoción.
-      Estudios técnicos para la adaptación de los equipos de trabajo a la normativa vigente y especialmente a lo establecido en el RD 1215/97, de 18 de julio (BOE de 7 de agosto).
-      Elaboración de manuales y guÃas prácticas para el desarrollo de la gestión integral de la prevención de riesgos laborales: evaluación, planificación, formación, etc. y de auto aplicación en el seno de las empresas.
-      Edición de programas divulgativos en materia preventiva para su difusión por cualquier medio de comunicación social.
-      Creación e implantación de portales telemáticos relacionados directamente con la prevención de riesgos laborales.
Actuaciones en el marco del Plan de Acción contra los Riesgos Laborales de la Generalitat.
-      Estudios e investigaciones técnicas sobre los factores de riesgo con mayor incidencia en la siniestralidad mortal.
-      Edición y difusión de publicaciones divulgativas sobre las causas que producen los accidentes graves y mortales con indicación de las medidas para su prevención.
-      Establecimiento de sistemas de control de calidad de los estudios de seguridad y salud en obras o en su caso del estudio básico, previo al visado del proyecto por el colegio profesional correspondiente.
Las actividades, anteriormente comentadas, podrán haberse iniciado con anterioridad a la solicitud de ayuda y serán susceptibles de apoyo siempre y cuando se inicien y desarrollen en su totalidad en el mismo ejercicio.
Estas ayudas están dirigidas a asociaciones empresariales, las organizaciones sindicales, instituciones públicas, entidades locales e instituciones dependientes de las mismas, corporaciones de derecho público y entidades privadas sin ánimo de lucro.
El plazo para presentar las solicitudes es desde el dÃa siguiente a la publicación de la presente orden en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana y hasta el 28 de febrero de 2011.
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